Desde una perspectiva litúrgica, teológica y de sentido común eclesial, la pretensión de apropiarse de la colecta de una Misa por el simple hecho de ser el custodio, encargado o titular del lugar donde ésta se ha celebrado es totalmente improcedente y contraria a la naturaleza de la Eucaristía.
1. El destino de la colecta es del pueblo de Dios, no del espacio
La colecta no es un alquiler por el uso del espacio, ni una tarifa de mantenimiento, ni una "propina" para el conserje, sacristán o encargado del recinto.
Es una ofrenda sagrada: Los fieles que depositan su dinero en la colecta no están pagando una entrada ni abonando un servicio de mantenimiento. Están entregando libremente su limosna a Dios para dos fines exclusivos: el sostenimiento de los pobres y el sostenimiento de la Iglesia/misión pastoral (según lo dispuesto por el Código de Derecho Canónico y la normativa diocesana).
Desvirtuación del acto: Si alguien se apodera de ese dinero para fines personales o para resarcirse por cuidar el recinto, estaría cambiando unilateralmente la intención de los donantes y despojando a la colecta de su sentido sacrificial y caritativo. Cabría incluso preguntarse ¿Es constitutivo de delito?
2. Confusión entre el rol de custodia y la titularidad de los dones
Cuidar un lugar sagrado o un espacio de culto es una labor meritoria y necesaria, pero no otorga derechos de propiedad sobre los actos litúrgicos que allí tienen lugar ni sobre los frutos económicos de los mismos.
Derecho Canónico y administración: Los bienes recogidos en la liturgia deben ser administrados por la autoridad eclesiástica competente (el párroco, el rector del templo o la institución organizadora) para los fines pastorales preestablecidos.
Gastos legítimos vs. apropiación: Si el cuidado del lugar genera gastos reales (limpieza, luz, apertura, conservación), estos deben gestionarse y presupuestarse por las vías administrativas ordinarias (a través de una asignación, un acuerdo previo o una solicitud de gastos a la parroquia/diócesis), nunca mediante la retención directa de la colecta.
3. Valoración pastoral y ética
Falta de sentido de comunión: Pretender quedarse con la colecta revela una visión utilitaria y "privatizada" de la Misa. La liturgia es siempre un acto de la Iglesia entera, no una actividad privada o comercial.
Riesgo de escándalo: Actuar de esa manera genera confusión y escándalo entre los fieles, socavando la transparencia y la confianza en la gestión de las limosnas del culto.
En conclusión:
Quien cuida un recinto merece el debido reconocimiento y, si corresponde, la compensación o presupuesto acordado para el mantenimiento de la instalación. Sin embargo, la colecta es sagrada en su destino y pertenece a los fines para los que los fieles la entregaron (la caridad y la vida de la Iglesia). Confundir la custodia de un edificio con el derecho a apropiarse de las ofrendas del altar es un error grave, tanto en el plano ético como en el litúrgico.
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